Preguntas frecuentes

Si tu pregunta no está aquí, escríbenos: probablemente no eres la única persona que la tiene.

Sobre la consulta

¿Cómo envío una consulta?

Desde Enviar consulta eliges tu caso, nos cuentas qué pasó, adjuntas documentos si los tienes y ves el valor de la consulta. Al final pagas por Nequi, adjuntas el comprobante, revisas tu consulta y la envías. Todo llega a un abogado de la firma.

¿Cuánto cuesta la primera consulta?

Los primeros 15 minutos de asesoría son gratis. Si quieres una asesoría más amplia, de 60 minutos, el valor es de $150.000 y se paga por adelantado. Si llevas tu caso con nosotros, ese valor se descuenta de los honorarios. Desde que recibimos tu consulta con el soporte de pago, nuestro equipo empieza a estudiar tu caso; por eso, una vez iniciado ese estudio, el valor pagado corresponde al trabajo que ya está en marcha. Si tienes dudas, escríbenos antes de pagar y las resolvemos con gusto.

¿Puedo hacer la consulta de forma virtual?

Sí. La asesoría puede ser virtual o presencial. En Bogotá atendemos de ambas formas y en el resto del país de forma virtual; si llevamos tu caso, asistimos al lugar que se requiera. Al enviar tu consulta eliges cómo prefieres que te contactemos (correo, llamada o WhatsApp).

¿Qué debo tener a mano para la consulta?

Los documentos principales del caso (contrato, cartas, comunicaciones, comprobantes de pago) y una línea de tiempo con las fechas importantes. Si no tienes todo, no te preocupes: en la consulta te decimos qué falta.

¿Atienden empresas de cualquier tamaño?

Sí. Atendemos empresas y emprendedores de cualquier tamaño que necesitan tomar decisiones con soporte jurídico. En la primera conversación definimos cómo podemos ayudar.

¿Lo que les cuento es confidencial?

Sí. La información que compartes con abogados está protegida por el secreto profesional. En el formulario inicial te pedimos solo una descripción breve: los detalles se tratan en la consulta.

¿La Ruta Jurídica reemplaza una consulta con un abogado?

No. La Ruta Jurídica te orienta sobre por dónde empezar, pero no analiza los hechos de tu caso ni constituye asesoría jurídica. Para eso está la consulta.

Laboral, seguridad social y pensiones

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar derechos laborales?

En general, las acciones laborales prescriben a los tres años contados desde que el derecho se hizo exigible (Código Sustantivo del Trabajo, art. 488). Un reclamo escrito al empleador sobre un derecho determinado puede interrumpir el plazo una sola vez (Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, art. 151). Hay excepciones y reglas especiales según el derecho, por ejemplo en materia pensional, y las normas pueden cambiar por reformas. Conviene revisar tu caso con un abogado cuanto antes.

¿Debo firmar el paz y salvo si no estoy de acuerdo con la liquidación?

Antes de firmar, revisa qué estás aceptando. Puedes dejar constancia por escrito de tu desacuerdo. Los derechos laborales mínimos son irrenunciables, pero firmar sin revisar puede complicar un reclamo posterior.

Contratos y empresa

¿Cuánto tarda la revisión de un contrato?

La revisión, redacción o adecuación de documentos toma, en general, 2 días hábiles, según su complejidad. Cuando nos envías el borrador te confirmamos el tiempo antes de empezar.

¿Cuánto tiempo tengo para cobrar una deuda?

Depende del documento que respalda la deuda y de la acción que se ejerza. Por ejemplo, la acción cambiaria directa de un pagaré o una letra de cambio prescribe, en general, a los tres años contados desde el vencimiento (Código de Comercio, art. 789). Las acciones civiles tienen otros plazos: en general, cinco años la ejecutiva y diez la ordinaria (Código Civil, art. 2536). La prescripción puede interrumpirse, existen excepciones y la prescripción de la acción cambiaria puede afectar otras vías de cobro. Por eso la fecha límite se calcula caso a caso: conviene revisarla con un abogado antes de que corra el tiempo.

¿Se puede ejecutar una obligación contractual mediante arbitraje?

Sí, cuando las partes lo pactaron y se cumplen los requisitos de la Ley 2540 de 2025: debe existir un pacto arbitral (cláusula compromisoria o compromiso) que, según la ley, consta en un documento separado o anexo al título valor; el arbitraje debe ser institucional (no ad hoc) y el laudo se profiere en derecho. Cada caso exige revisar el pacto, el título que se pretende ejecutar y la vigencia y el alcance de la norma.

Deudas e insolvencia

¿Qué es la insolvencia de persona natural?

Es un procedimiento que permite a una persona que no es comerciante y que no puede pagar sus deudas negociar con todos sus acreedores al mismo tiempo, ante un centro de conciliación o una notaría, para llegar a un acuerdo de pago.

¿La insolvencia detiene los embargos y procesos de cobro?

Por regla general, cuando se acepta la solicitud de negociación de deudas no pueden iniciarse nuevos procesos ejecutivos y los que están en curso se suspenden. El efecto concreto depende de cada caso.

Procesos sancionatorios

¿Cuánto tiempo tengo para responder cuando me notifican un auto de apertura?

Depende de la autoridad y de la norma que se aplique. El plazo para ejercer tu defensa y pedir pruebas lo fijan la ley y el propio acto, suele ser corto y corre desde la notificación. Por eso conviene revisar el documento de inmediato y no dejarlo para el último día.

¿Puedo controvertir una sanción o una multa?

Sí. Contra la decisión que impone una sanción suelen proceder recursos (como el de reposición o el de apelación) que deben presentarse dentro de un plazo corto desde la notificación. Agotados los recursos, puede acudirse a la vía judicial. Cada autoridad y cada norma tienen sus reglas, así que conviene revisar el caso pronto.

Cuéntanos qué necesitas resolver.

Una primera conversación para entender tu caso y decirte, con claridad, cuál es el siguiente paso.

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